La Dirección General de los Servicios Ganaderos, dió a conocer el decreto por el cual se establece que la fecha para la vacunación obligatoria de los bovines nacidos entre el  1° de enero y el 31 de agosto del 2026, sea en la primera quincena de Noviembre.

El movimiento de estos bovinos se podrá dar, únicamente cuando hayan sido vacunados con una antelación de 10 días.

Las demás disposiciones, están detalladas en el texto del decreto.